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Los incentivos fiscales, un motivo más para donar a los proyectos del Hospital

09 Diciembre 2024
Beneficios fiscales por donación - Hospital Sant Joan de Déu Barcelona

El Hospital Sant Joan de Déu Barcelona es una entidad sujeta a la Ley de Mecenazgo 49/2022.

Las motivaciones que llevan a una persona o empresa a donar a los proyectos del Hospital Sant Joan de Déu Barcelona pueden ser muy diferentes y, en la mayoría de las ocasiones, las ventajas fiscales no son las que les impulsan a ayudarnos, sino las ganas de apoyar a nuestros pequeños valientes y sus familias.

Sin embargo, es importante recordar que nuestro centro es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia, y cumple con los requisitos establecidos en la Ley 49/2002 sobre el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Lo que significa que todos nuestros donantes pueden beneficiarse de los beneficios fiscales contemplados en dicha ley, tanto para las personas jurídicas como físicas.

Esto hace que, cuando una persona nos hace una donación, pueda recuperar hasta el 80 % de los primeros 250 euros que done y el 40 % de la cantidad que exceda de ese importe. Y en el caso de las empresas, la deducción es de un 40% de cualquier importe donado. Pero además, las deducciones recurrentes a una misma entidad tienen un 5 % de deducción añadida a los porcentajes anteriores para las personas físicas y de un 10 % para las personas jurídicas, a partir del tercer año consecutivo de donación.

¡No olvides comunicarnos tus datos fiscales!

Para que podamos informar correctamente a la Agencia Tributaria de cada una de las donaciones, así como emitir el certificado fiscal correspondiente, es imprescindible que nos informes de tu nombre o razón social, DNI o NIF, así como de la dirección que tienes informada en Hacienda dentro del mismo año en el que realices la donación. Puedes hacerlo a través de este correo electrónico atenciondonante@sjd.es.